- “El Tribunal Constitucional lleva cuatro años vulnerando los derechos fundamentales de estos candidatos, que son miembros de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV). Ahora, el TC anuncia que no entrará en el fondo sino que se limita a decir que, como ya se ha producido la renovación del CGPJ, el caso ha decaído”, destaca Sergio Oliva, portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.
- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España porque precisamente el Tribunal Constitucional rechazó tramitar en 2021 el recurso de amparo que habían presentado un año antes seis magistrados que eran candidatos al Consejo General del Poder Judicial ante la la inacción de las Cortes Generales en la renovación del órgano constitucional.
Madrid, 22 de octubre.- Cuatro años ha tardado el Tribunal Constitucional en resolver un recurso de amparo planteado por seis candidatos a vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) -todos ellos magistrados- que acudieron ante dicho tribunal porque ni el Congreso ni el Senado cumplían con su obligación de renovar el órgano constitucional, a pesar de que tenían candidatos para elegir.
Esta negativa del Tribunal Constitucional le valió a España una condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que hace un año y cuatro meses resolvió en favor de los seis jueces y considero que el TC había vulnerado sus derechos fundamentales al rechazar de plano su recurso de amparo.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha anunciado este lunes un fallo por el que rechaza entrar en el fondo del recurso de amparo planteado por estos seis jueces que en 2018 presentaron su candidatura a vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
“El Constitucional se desentiende respecto a la condena a España por parte de Estrasburgo porque este tribunal vulneró los derechos civiles de seis candidatos a vocal del CGPJ”, denuncia Sergio Oliva Parrilla, portavoz de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) a la que pertenecen los seis magistrados.
Para Oliva Parrilla, el TC se escuda en que se ha producido la renovación del CGPJ para no entrar en la propia condena por parte de Estrasburgo de su proceder hace cuatro años, cuando rechazó de plano el recurso de amparo que habían presentado los candidatos en 2020.
“El Tribunal Constitucional lleva cuatro años vulnerando los derechos fundamentales de estos candidatos, que son miembros de AJFV. Ahora el TC, zanja esta grave responsabilidad limitándose a decir que, como ya se ha producido la renovación del CGPJ, el caso ha decaído. Hemos perdido una oportunidad histórica para que el TC analizase la constitucionalidad de la deriva partitocrática de designación de vocales”, explica Sergio Oliva, portavoz de AJFV.
«En todo caso, este proceso ha servido para acreditar que el actual sistema de designación de vocales judiciales es un sistema fracasado. Es absolutamente necesario cumplir con las recomendaciones de las instituciones europeas, permitiendo que la carrera judicial elija a los 12 vocales judiciales de los 20 que conforman el CGPJ».
El TC ha esperado año y medio, hasta que llegó el pacto PSOE-PP
El fallo anunciado por el TC se produce año y medio después de que la sentencia del TEDH adquiriera firmeza y cuando ya se produjo el pacto PSOE-PP por el que se renovó el Consejo General del Poder Judicial.
La parálisis del TC respecto a la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos llevo a AJFV a reclamar la ejecución de dicha sentencia, una vez adquirida su firmeza.
El 27 de noviembre de 2023, AJFV acudió de nuevo al TC para reclamar que diera cumplimiento a la sentencia de Estrasburgo, la ejecutara y presentando un nuevo recurso de amparo ante la “verdadera desidia” de las Cortes Generales por tener paralizada la renovación del CGPJ desde el año 2018.
El pasado 25 de junio de 2024, PSOE y PP anunciaron en Bruselas un pacto para renovar el CGPJ cuando es una competencia que corresponde a las Cortes Generales.
“El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España porque el Constitucional rechazó tramitar en el año 2021 el recurso de amparo que habían presentado estos seis magistrados sin justificar los motivos de tal decisión, lo que atentó contra su derecho a la tutela judicial efectiva. Estrasburgo también estableció que los seis candidatos a vocales del CGPJ «tenían derecho» a que sus candidaturas fueran estudiadas por el Congreso y el Senado de forma oportuna y que habían sido remitidas por el CGPJ en 2018. La respuesta que hemos recibido del TC ha sido ignorar la condena del TEDH y lavarse las manos”, denuncia Oliva Parrilla.
Condena a España
El Tribunal de Garantías anunció la semana pasada una adición al orden del día de su Sala Primera por la que se abordaría este lunes la abstención en este asunto de Juan Carlos Campo, exministro de Justicia y miembro del TC. Sin embargo, “el TC anuncia este lunes su fallo sin decir nada respecto a dicha abstención en su nota de prensa”, resalta Oliva.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó una sentencia el 22 de junio de 2023 en el que concluyó que la inadmisión del recurso promovido ante el TC por los candidatos al CGPJ vulneró el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que garantiza el derecho de acceso a los tribunales para que decidan respecto a «los litigios sobre sus derechos y obligaciones de carácter civil (…)».
Aunque el Gobierno alegó ante la Corte Europea que la demanda de los magistrados candidatos al CGPJ se refería a un derecho «político» y no «civil» y que, por lo tanto, no entraba en el ámbito de aplicación del artículo 6 del Convenio, el TEDH afirmó que «la reclamación de los demandantes no implicaba ninguna ‘obligación política’ ni el ejercicio de ningún ‘derecho político'», sino que se refiere a la continuación del procedimiento legalmente establecido para elegir a los miembros del CGPJ en la fase que precede a la votación del Parlamento.
El TEDH señala en su sentencia que el Tribunal Constitucional «no justificó, ni siquiera mínimamente, la razón de ser de las dos fechas (4 de diciembre de 2018 y 4 de diciembre de 2019) a las que se refirió al rechazar el recurso de amparo de los demandantes».
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España adquirió firmeza el pasado mes de septiembre de 2023, sin que el Tribunal Constitucional haya dado cumplimiento a esta sentencia hasta ahora.
Tampoco había respondido hasta ahora a la demanda de ejecución de esta sentencia presentada por la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y los seis magistrados afectados en noviembre de 2023.
Los seis magistrados cuyos derechos fueron vulnerados son José Antonio Baena Sierra, Rafael Estévez Benito, Mónica García de Yzaguirre, Manuel Jaén Vallejo, Juan Luis Lorenzo Bragado y María Tardón Olmos.
La demanda presentada en noviembre de 2023 y que ha sido archivada por el TC buscaba un triple fin. Por un lado, atender a la resolución del TEDH “para el efectivo cumplimiento de la misma, esto es, se produzca una resolución por el Tribunal Constitucional que entre a conocer sobre los derechos vulnerados; por otro lado, el reconocimiento del derecho de los candidatos a acceder a los cargos públicos de conformidad con su contenido constitucionalmente declarado y siguiendo los trámites legalmente previstos; y finalmente, el restablecimiento de la integridad de su derecho o libertad con la adopción de las medidas apropiadas para su eficacia”, resaltaba el escrito presentado ante el TC.
Descargar (pdf) Nota de Prensa – El TC se lava las manos respecto a la condena del TEDH por violar derechos seis candidatos a CGPJ
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